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Bienvenidos al Portal Oficial de la Junta Revisora de la Propiedad Inmueble

 
La Ley Núm. 235-2014 creó la Junta Revisora de la Propiedad Inmueble con el objetivo de ejecutar la política pública del Gobierno de Puerto Rico en torno a la utilización primaria y preferencial de sus propios recursos y bienes. A su vez, y como parte de dicha política, la Ley requiere que las agencias, dependencias e instrumentalidades públicas otorguen preferencia a los bienes inmuebles de naturaleza pública disponibles, sean del gobierno central, en primera instancia, o de los municipios, a modo de alternativa, antes de arrendar o adquirir propiedades. Como consecuencia, ninguna agencia, dependencia, o instrumentalidad pública del Gobierno de Puerto Rico (salvo las corporaciones públicas y municipios) podrá arrendar o adquirir a título oneroso un bien inmueble privado si no está debidamente autorizado por la Junta, y deberán demostrar que no hay un edificio público disponible, sea del gobierno central o municipal, en el que puedan habilitar sus oficinas.

 
Composición de la Junta:

 
 

 
Con el fin de hacer valer lo anterior, la Ley Núm. 235-2014 asigna a la Junta la obligación de crear y administrar un inventario oficial de todas las propiedades inmuebles. Por ello, todas las agencias, dependencias, instrumentalidades, y corporaciones públicas de la Rama Ejecutiva del Gobierno de Puerto Rico, así como los municipios, deberán registrar y actualizar la información sobre sus propiedades inmuebles en el Inventario Oficial de Propiedades Inmuebles del Gobierno de Puerto Rico, a través de la base de datos creada para esos fines y la cual puede acceder en la siguiente dirección: https://jrpi.pr.gov/propiedadesinmuebles/  

 
Acceso al Inventario Oficial:

 

acceder a la aplicación 


 

Por su parte, la Junta deberá evaluar las solicitudes de autorización de arrendamiento o compra de bienes inmuebles privados sometidas por los entes públicos correspondientes, y emitir resoluciones denegando o concediendo tales autorizaciones, entre otras responsabilidades. Para presentar una solicitud de autorización ante la Junta,las entidades públicas deberán crear una solicitud a través del Sistema de Procesamiento de Contratos de la Oficina de Gerencia y Presupuesto (conocido como “PCo"), el cual se encuentra disponible en la siguiente dirección: https://pco.ogp.pr.gov.

 
Resumen del Proceso de Autorización
 

 
Para más información sobre cómo registrar y actualizar su información en el Inventario Oficial y/o en torno a la presentación de solicitudes de autorización ante la Junta refiérase al Manual de Usuario del Inventario de Propiedad y la Carta Circular Núm. 04-2019, disponibles en este Portal.

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